Sesión pública de la Sala Regional Especializada del TEPJF: 20 de mayo de 2025.
Temas relevantes: Violencia política contra las mujeres en razón de género en perjuicio de una candidata a Ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; calumnia, entre otros.
Quórum para sesionar: 3 Magistraturas.
1. Expediente: SRE-PSC-29/2025.
Magistrado/a: Luis Espíndola Morales.
Tema: Violencia política contra las mujeres en razón de género.
Denunciante: dato protegido.
Denunciado: Luis Rubén Maldonado Alvídrez.
¿Qué pasó?
Una persona con dato protegido denunció a Luis Rubén Maldonado Alvídrez, director del medio de comunicación “Plan de Vuelo MX”, derivado de una nota periodística relativa a la candidatura de la denunciante a Ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la que se utilizaron imágenes de su persona sin su autorización, asimismo por las frases “jueza penal de apellido Ríos hecho explotar la redes con fotografías muy atrevidas”. La pretensión de la denunciante es que se determine la existencia de violencia política de género en su perjuicio, derivado de la utilización de estereotipos sexistas y buscar sexualizarla frente a la ciudadanía, en el marco de sus aspiraciones electorales.
¿Qué resolvió la Sala?
La Magistrada y los Magistrados integrantes del Pleno de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinaron lo siguiente:
La existencia de violencia política contra las mujeres en razón de género, toda vez se emplearon estereotipos y se buscó sexualizar a la denunciante frente a la ciudadanía en el marco del proceso electoral judicial, pues se actualizó la violencia en sus modalidades simbólica, digital y sexual en perjuicio de la denunciante.
A partir de la forma en que se construyó y difundió la nota denunciada, se advierte que tuvo por objeto generar un menoscabo a la imagen de la denunciante como candidata a un puesto de elección popular, pues no sólo se emitió dentro de las campañas electorales en que compite, sino que se planteó frente al electorado la idea de que su forma de atraer su atención es exponer socialmente su cuerpo.
La nota se basa en elementos de género, puesto que empleó un estereotipo consistente en que la participación de las mujeres en política se limita a la exposición de su cuerpo.
En consecuencia, se impone las siguientes medidas de reparación integral:
Una multa económica a Luis Maldonado consistente en 100 UMAS, equivalentes a $11,314.00 pesos;
Luis Maldonado deberá ofrecer una disculpa pública a la denunciante que deberá publicar en Plan de Vuelo durante 15 días naturales;
Se le remite bibliografía especializada en materia de violencia de género al denunciado;
Se ordena a Luis Maldonado realizar un curso, cuyo costo estará a su cargo orientado a la promoción y protección de los derechos de las mujeres y;
La inscripción de Luis Maldonado en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género del INE en un periodo de 1 año con 6 meses.
Votación: aprobado por unanimidad.
2. Expediente: SRE-PSC-30/2025.
Magistrado/a: Luis Espíndola Morales.
Tema: Calumnia.
Denunciante: Jorge Álvarez Máynez.
Denunciado: Partido Revolucionario Institucional.
¿Qué pasó?
Jorge Álvarez Máynez presentó una queja en contra del PRI, derivado de la publicación de un video en sus cuentas de Facebook, Instagram y X en el que se señaló lo siguiente: “arrastra los pies a Morena”, “No quiere que lo investiguen por señalamientos de acoso sexual mientras estaba alcoholizado”, “Busca impedir que lo investiguen por la caída del templete en su campaña que provocó docenas de heridos y diez personas perdieron la vida”, “Protege a las autoridades de Jalisco ante los miles de jóvenes desaparecidos”, “Máynez se arrastra para impedir terminar en la cárcel como Dante Delgado.”. La pretensión del denunciante es que se determine la existencia de calumnia en su contra, ya que se pretende crear una idea falsa en la ciudadanía, con la intención de manipular ilícitamente la percepción de Movimiento Ciudadano, en el contexto de los procesos electorales de Durango y Veracruz.
¿Qué resolvió la Sala?